jueves, 27 de febrero de 2014

LIBERTAD DE EXPRESIÓN (UNA APROXIMACIÓN)

Hace unos días vi en Youtube un vídeo de un rapero; y lo curioso es que no salía cantando, sino que estaba explicando, con un semblante serio,  a la audiencia el lío en que se había/le habían metido. Todo, por culpa de unas letras que había compuesto y por las cuales le acusan de apología del Terrorismo. El, arguye libertad de expresión. Pero, ¿qué entiende por libertad de expresión?

Seguramente muchos de nosotros hemos escuchado hasta la saciedad lo de enarbolar la bandera de la libertad de expresión, que si es un derecho fundamental...Sí, correcto. Pero también hay que saber dónde está esa delgada línea que separa tu libertad de expresión respecto a las libertades de otras personas y/o instituciones.

Cuando estudié periodismo, en tercer curso había una asignatura donde se explicaba de manera profusa tanto el artículo 20 de la Constitución (el relativo a la libertad de expresión) como el artículo 18, referente al honor y a la intimidad y a la propia imagen. Bien es cierto que antes de la irrupción de los blogs, parece que los únicos sujetos susceptibles de cometer un delito éramos los periodistas. A día de hoy, cualquier ciudadano que tenga abierto un blog corre un serio peligro, pensando que, amparándose en el manido artículo 20 de la C.E. tiene todo resuelto. Quizás copiando estos artículos antes de dar de alta un blog pudiera arrojar un poco de luz. Pero, de igual modo, cuando uno escribe un correo electrónico, tiene que ser consciente de qué escribe. En definitiva, sentido común.

Pablo menciona en su vídeo-alegato de defensa que él no es más que una "cabeza de turco"... Hombre, revisa lo que has ido diciendo en tus canciones protesta (yo lo he hecho y llamar a alguien fascista, como que le puede sentar mal) y verás que esa línea que mencionaba antes la sobrepasaste (queriéndolo o no, eso da igual ahora).

Comentarios, críticas e improperios (con moderación, por favor) a scarro@gmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario